Estatuto tributario 2022 – 6ta ediciónImpreso
N/A
Autor: Jorge Hernán Zuluaga Potes
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El Estatuto Tributario presenta todas las normas en materia de
impuestos aplicables a nuestro país debidamente concordadas entre el Decreto
Único Reglamentario en materia Tributaria (DURT) (Decreto 1625 de 2016) y el
Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Esta nueva edición incorpora los
cambios implementados por la Ley 2155 de 2021 promulgada por el Gobierno
Nacional.
Contiene todos los temas fiscales como el Impuesto sobre la Renta,
Retención en la Fuente, Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Nacional al Consumo,
Nuevo Impuesto SIMPLE, Gravamen a los movimientos financieros y el
Procedimiento tributario. El Decreto Único Reglamentario Tributario (DURT), se
pone a disposición del lector en el Sistema de Información en Línea (SIL) con
el fin de mantenerlo actualizado durante todo el año para una mejor consulta de
los usuarios.
Este
texto de consulta es obligatorio para todos los profesionales que trabajan en
las áreas contables, financieras y fiscales de las empresas, para los profesionales
asesores, para los estudiantes de las áreas contables, financieras y administrativas,
e interesados en estudiar e investigar en el tema.
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SOBRE LOS AUTORES
Jorge Hernán Zuluaga Potes
TABLA DE CONTENIDOS
DECRETO 624 DE 1989
(30 DE MARZO DE 1989)
IMPUESTOS ADMINISTRADOS POR LA
DIRECCIÓN DE
IMPUESTOS NACIONALES
TÍTULO PRELIMINAR
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Artículo
1o. Origen de la obligación sustancial
SUJETOS
PASIVOS
Artículo
2o. Contribuyentes
Artículo
3o. Responsables
Artículo
4o. Sinónimos
LIBRO PRIMERO
IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y
COMPLEMENTARIOS
DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo
5o. El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen
un
solo impuesto
Artículo
6o. Declaración voluntaria del impuesto sobre la renta
SUJETOS
PASIVOS
Artículo
7o. Las personas naturales están sometidas al impuesto
Artículo
8o. Los cónyuges se gravan en forma individual
Artículo
9o. Impuesto de las personas naturales, residentes y no residentes
Artículo
10. Residencia para efectos tributarios
Artículo
11. Bienes destinados a fines especiales
Artículo
12. Sociedades y entidades sometidas al impuesto
Artículo
12-1. Concepto de sociedades y entidades nacionales para efectos tributarios
Artículo
13. Sociedades limitadas y asimiladas
Artículo
14. Las sociedades anónimas y asimiladas están sometidas al impuesto
Artículo
14-1. Efectos tributarios de la fusión de sociedades
Artículo
14-2. Efectos tributarios de la escisión de sociedades
Artículo
15. Entidades cooperativas que son contribuyentes
Artículo
16. Entidades contribuyentes
Artículo
17. Los fondos públicos y Telecom son contribuyentes
Artículo
18. Contratos de colaboración empresarial
Artículo
18-1. Utilidades por inversiones de capital del exterior de portafolio
Artículo
19. Contribuyentes del Régimen Tributario Especial
Artículo
19-1. Retención en la fuente sobre rendimientos financieros a cargo
de
contribuyentes del Régimen Tributario Especial
Artículo
19-2. Tratamiento tributario de las cajas de compensación
Artículo
19-3. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo
19-4. Tributación sobre la renta de las cooperativas
Artículo
19-5. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo
20. Las sociedades y entidades extranjeras son contribuyentes
Artículo
20-1. Establecimiento permanente
Artículo
20-2. Tributación de los establecimientos permanentes y sucursales
Artículo
21. Concepto de sociedad extranjera
Artículo
21-1
NO
CONTRIBUYENTES
Artículo
22. Entidades que no son contribuyentes
Artículo
23. Entidades no contribuyentes declarantes
Artículo
23-1. No son contribuyentes los fondos de capital privado, los fondos de
inversión colectiva y otros.
Artículo
23-2. No son contribuyentes los fondos de pensiones y los de cesantías
INGRESOS
DE FUENTE NACIONAL Y DE FUENTE EXTRANJERA
Artículo
24. Ingresos de fuente nacional
Artículo
25. Ingresos que no se consideran de Fuente Nacional
TÍTULO
I RENTA
CAPÍTULO
I . INGRESOS
Artículo
26. Los ingresos son base de la renta líquida
Artículo
27. Realización del ingreso para los no obligados a llevar contabilidad
Artículo
28. Realización del ingreso para los obligados a llevar contabilidad
Artículo
28-1. Transacciones que generan ingresos que involucran más de una obligación.
Artículo
29. Valor de los ingresos en especie
Artículo
30. Definición de dividendos o participaciones en utilidades
Artículo
31. Valor de los ingresos en acciones y otros títulos
Artículo
32. Tratamiento tributario de los contratos de concesión y asociaciones
público
privadas
Artículo
32-1. Ingreso por diferencia en cambio
Artículo
33. Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a valor
razonable
Artículo
33-1. Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a costo
amortizado
Artículo
33-2. Tratamiento del factoraje o factoring para efectos del impuesto sobre la
renta y complementarios
Artículo
33-3. Tratamiento tributario de las acciones preferentes
Artículo
33-4. Tratamiento de las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de
transferencia temporal de valores
Artículo
34. Ingresos de las madres comunitarias
Artículo
35. Las deudas por préstamos en dinero entre las sociedades y los socios eneran
intereses presuntivos
Artículo
35-1. Límite a los ingresos no constitutivos de renta
INGRESOS
QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA OCASIONAL
Artículo
36. Prima en colocación de acciones o de cuotas sociales
Artículo
36-1. Utilidad en la enajenación de acciones
Artículo
36-2. Distribución de utilidades o reservas en acciones o cuotas de interés
social
Artículo
36-3. Capitalizaciones no gravadas para los socios o accionistas
Artículo
36-4. Procesos de democratización
Artículo
37. Utilidad en venta de inmuebles
Artículo
38. El componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por
personas naturales y sucesiones ilíquidas
Artículo
39. Componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan
los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores
Artículo
40. El componente inflacionario en rendimientos financieros
percibidos
por los demás contribuyentes
Artículo
40-1. Componente inflacionario de los rendimientos financieros
Artículo
41. Componente inflacionario de rendimientos y gastos financieros
Artículo
42. Recompensas
Artículo
43. Los premios en concursos nacionales e internacionales
Artículo
44. La utilidad en la venta de casa o apartamento de habitación
Artículo
45. Las indemnizaciones por seguro de daño
Artículo
46. Apoyos económicos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional
Artículo
46-1. Indemnizaciones por destrucción o renovación de cultivos, y por control
de plagas.
Artículo
47. Los gananciales
Artículo
47-1. Donaciones para partidos, movimientos y campañas políticas
Artículo
47-2
Artículo
48. Las participaciones y dividendos
Artículo
49. Determinación de los dividendos y participaciones no gravados
Artículo
50. Utilidades en ajustes por inflación o por componente inflacionario
Artículo
51. La distribución de utilidades por liquidación
Artículo
52. Incentivo a la Capitalización Rural (ICR
Artículo
53. Aportes de entidades estatales, sobretasas e impuestos para financiamiento
de sistemas de servicio público de transporte masivo de pasajeros
Artículo
54. Pagos por intereses y servicios técnicos en zonas francas
Artículo
55. Aportes obligatorios al sistema general de pensiones
Artículo
56. Aportes obligatorios al Sistema General de Salud
Artículo
56-1. Aportes a los Fondos de Pensiones y pago de las pensiones
Artículo
56-2. Aportes del empleador a Fondos de Cesantías
Artículo
57. Exoneración de impuestos para la zona del Nevado del Ruiz
Artículo
57-1. Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional
Artículo
57-2. Tratamiento tributario recursos asignados a proyectos calificados como de
carácter científico, tecnológico o de innovación
CAPÍTULO
II. COSTOS
Artículo
58. Realización del costo para los no obligados a llevar contabilidad.
Artículo
59. Realización del costo para los obligados a llevar contabilidad
NATURALEZA
DE LOS ACTIVOS
Artículo
60. Clasificación de los activos enajenados
Artículo
61. Costo fiscal de los activos adquiridos con posterioridad a 31 de diciembre
de 2016
COSTO
DE LOS ACTIVOS MOVIBLES
Artículo
62. Sistema para establecer el costo de los inventarios enajenados.
Artículo
63. Limitación a la valuación en el sistema de juego de inventarios
Artículo
64. Disminución del inventario
Artículo
65. Métodos de valoración de inventarios
Artículo
66. Determinación del costo fiscal de los bienes muebles y de prestación de
servicios
Artículo
66-1. Determinación del costo de mano de obra en el cultivo del café
Artículo
67. Determinación del costo fiscal de los bienes inmuebles
Artículo
68. Costo fiscal de activos
Artículo
69. Determinación del costo fiscal de los elementos de la propiedad, planta y
equipo y propiedades de inversión
Artículo
69-1. Determinación del costo fiscal de los activos no corrientes mantenidos
para la venta
Artículo
70. Ajuste al costo de los activos fijos
Artículo
71. Utilidad en la enajenación de inmuebles
Artículo
72. Avalúo como costo fiscal
Artículo
73. Ajuste de bienes raíces, acciones y aportes que sean activos fijos
de
personas naturales
Artículo
74. Costo fiscal de los activos intangibles
Artículo
74-1. Costo fiscal de las inversiones
Artículo
75. Costo fiscal de los bienes incorporales formados
Artículo
76. Costo promedio de las acciones
Artículo
76-1. Ajuste al costo fiscal de acciones y participaciones
OTRAS
NORMAS COMUNES AL COSTO DE ACTIVOS FIJOS Y MOVIBLES
Artículo
77. Requisitos para su aceptación
Artículo
78. Paz y salvo por cuotas de fomento arrocero, cerealista y cacaotero
Artículo
79. Determinación del valor de los pagos en especie que constituyen costo
Artículo
80. Determinación del valor de costos en divisas extranjeras
Artículo
81. Parte del componente inflacionario no constituye costo
Artículo
81-1. Componente inflacionario que no constituye costo
Artículo
82. Determinación de costos estimados y presuntos
Artículo
83. Determinación del costo de venta en plantaciones de reforestación
Artículo
84. Determinación del costo en venta de acciones de sociedades anónimas
abiertas
LIMITACIONES
ESPECÍFICAS A LA SOLICITUD DE COSTOS
Artículo
85. No deducibilidad de los costos originados en pagos realizados a vinculados
económicos no contribuyentes
Artículo
85-1. Limitación de costos y gastos para usuarios de zonas francas
Artículo
86. Prohibición de tratar como costo el impuesto a las ventas
Artículo
87. Limitación de los costos a profesionales independientes y comisionistas
Artículo
87-1. Otros gastos originados en la relación laboral no deducibles
Artículo
88. Limitación de costos por compras a proveedores ficticios o insolventes
Artículo
88-1. Desconocimiento de costos y gastos por campañas de publicidad de
productos extranjeros
CAPÍTULO
III. RENTA BRUTA
Artículo
89. Composición de la renta bruta
Artículo
90. Determinación de la renta bruta en la enajenación de activos y valor
comercial en operaciones sobre bienes y servicios
Artículo
90-1. Valor de enajenación de los bienes raíces
Artículo
90-2. Saneamiento de bienes raíces
Artículo
90-3. Enajenaciones indirectas
CAPÍTULO
IV RENTAS BRUTAS ESPECIALES
RENTA
DE LOS SOCIOS, ACCIONISTAS O ASOCIADOS
Artículo
91. La renta bruta de los socios o accionistas es la parte gravable de
los
dividendos o participaciones percibidos
ACTIVOS
BIOLÓGICOS
Artículo
92. Activos biológicos
Artículo
93. Tratamiento de los activos biológicos productores
Artículo
94. Tratamiento de los activos biológicos consumibles
Artículo
95. Renta bruta especial en la enajenación de activos biológicos
ACTIVIDADES
DE SEGUROS Y CAPITALIZACIÓN
Artículo
96. Renta bruta en compañías de seguros de vida
Artículo
97. Renta bruta en compañías de seguros generales
Artículo
98. Reserva matemática y reserva técnica
Artículo
99. Ingresos netos y primas netas
RENTA
VITALICIA Y FIDUCIA MERCANTIL
Artículo
100. Determinación de la renta bruta en contratos de renta vitalicia
Artículo
101. Las sumas pagadas como renta vitalicia son deducibles
Artículo
102. Contratos de fiducia mercantil
Artículo
102-1. Titularización
Artículo
102-2. Distribución de los ingresos en el transporte terrestre automotor
Artículo
102-3. Distribución de los ingresos en las cooperativas de trabajo asociado
Artículo
102-4. Ingresos brutos derivados de la compra venta de medios de pago en la
prestación de servicios de telefonía móvil
RENTAS
DE TRABAJO
Artículo
103. Definición
CAPÍTULO
V ASPECTOS GENERALES. DEDUCCIONES
Artículo
104. Realización de las deducciones para los no obligados
a
llevar contabilidad.
Artículo
105. Realización de la deducción para los obligados a llevar contabilidad.
Artículo
106. Valor de los gastos en especie
DEDUCCIONES
GENERALES
Artículo
107. Las expensas necesarias son deducibles
Artículo
107-1. Limitación de deducciones
Artículo
107-2. Deducciones por contribuciones a educación de los empleados.
SALARIOS
Artículo
108. Los aportes parafiscales son requisito para la deducción de salarios.
Artículo
108-1. Deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las fuerzas armadas
muertos en combate, secuestrados o desaparecidos
Artículo
108-2. Prueba de requisitos para la deducción por pagos a viudas y huérfanos de
miembros de las fuerzas armadas
Artículo
108-3. Cuotas de manejo de tarjetas
Artículo
108-4. Tratamiento tributario de los pagos basados en acciones
Artículo
108-5. Deducción del primer empleo
PRESTACIONES
SOCIALES
Artículo
109. Deducción de cesantías pagadas
Artículo
110. Deducción de cesantías consolidadas
Artículo
111. Deducción de pensiones de jubilación e invalidez
Artículo
112. Deducción de la provisión para el pago de futuras pensiones
Artículo
113. Cómo se determina la cuota anual deducible de la provisión
APORTES
Artículo
114. Deducción de aportes
Artículo
114-1. Exoneración de aportes
IMPUESTOS
DEDUCIBLES
Artículo
115. Deducción de impuestos pagados y otros
Artículo
115-1. Deducción para las prestaciones sociales, aportes parafiscales e
impuestos
Artículo
115-2. Deducción especial del impuesto sobre las ventas
IMPUESTOS,
REGALÍAS Y CONTRIBUCIONES
DE
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
Artículo
116. Deducción de impuestos, regalías y contribuciones pagados por los
organismos descentralizados
INTERESES
Artículo
117. Deducción de intereses
Artículo
118. El componente inflacionario no es deducible
Artículo
118-1. Subcapitalización.
Artículo
119. Deducción de intereses sobre préstamos educativos del ICETEX y para
adquisición de vivienda
AJUSTES
POR DIFERENCIA EN CAMBIO
Artículo
120. Limitaciones a pagos de regalías por concepto de intangibles.
Artículo
121. Deducción de gastos en el exterior
GASTOS
EN EL EXTERIOR
Artículo
122. Limitación a las deducciones de los costos y gastos en el exterior.
Artículo
123. Requisitos para su procedencia
Artículo
124. Los pagos a la casa matriz son deducibles
Artículo
124-1. Otros pagos no deducibles
Artículo
124-2. Pagos a jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición
y
a entidades pertenecientes a regímenes tributarios preferenciales
DONACIONES
Y CONTRIBUCIONES
Artículo
125. Incentivo a la donación del sector privado en la Red Nacional de
Bibliotecas
Públicas y Biblioteca Nacional
Artículo
125-1. Requisitos de los beneficiarios de las donaciones
Artículo
125-2. Modalidades de las donaciones
Artículo
125-3. Requisitos para reconocer la deducción
Artículo
125-4. Requisitos de las deducciones por donaciones
Artículo
125-5. Donaciones a entidades no pertenecientes al Régimen Tributario Especial
Artículo
126. Deducción de contribuciones a fondos mutuos de inversión y fondos de
pensiones de jubilación e invalidez
Artículo
126-1. Deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación
e
invalidez y fondos de cesantías
Artículo
126-2. Deducción por donaciones efectuadas a la Corporación
General
Gustavo Matamoros D’costa
Artículo
126-3. Deducciones por inversiones o donaciones para proyectos de
investigación
o desarrollo científico o tecnológico
Artículo
126-4. Incentivo al ahorro de largo plazo para el fomento de la construcción
Artículo
126-5. Deducción por donaciones efectuadas para el apadrinamiento de parques
naturales y conservación de bosques naturales
DEPRECIACIÓN
Artículo
127. Beneficiarios de la deducción
Artículo
127-1. Contratos de arrendamiento
Artículo
128. Deducción por depreciación
Artículo
129. Concepto de obsolescencia
Artículo
130. Constitución de reserva
Artículo
131. Base para calcular la depreciación
Artículo
131-1. Base para calcular la depreciación por personas jurídicas
Artículo
132. Opción para depreciar bienes adquiridos a partir de 1989
Artículo
133. Ajustes por inflación a la depreciación a partir del año 1992
Artículo
134. Métodos de depreciación
Artículo
135. Bienes depreciables
Artículo
136. Depreciación de bienes adquiridos en el año
Artículo
137. Limitación a la deducción por depreciación
Artículo
138. Posibilidad de utilizar una vida útil diferente
Artículo
139. Depreciación de bienes usados
Artículo
140. Depreciación acelerada para fines fiscales
Artículo
141. Registro contable de la depreciación
AMORTIZACIÓN
DE INVERSIONES
Artículo
142. Deducción de inversiones
Artículo
143. Deducción por amortización de activos intangibles
Artículo
143-1. Amortización de las inversiones en la exploración, desarrollo y
construcción de minas y yacimientos de petróleo y gas
Artículo
144. Obligación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley.
CARTERA
MOROSA O PERDIDA
Artículo
145. Deducción de deudas de dudoso o difícil cobro
Artículo
146. Deducción por deudas manifiestamente perdidas o sin valor
Artículo
147. Compensación de pérdidas fiscales de sociedades
PÉRDIDAS
Artículo
148. Deducción por pérdidas de activos
Artículo
149. Pérdidas en la enajenación de activos
Artículo
150. Pérdidas sufridas por personas naturales en actividades agrícolas.
Artículo
151. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de activos a vinculados
económicos
Artículo
152. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de activos de sociedades a
socios
Artículo
153. No es deducible la pérdida en la enajenación de acciones o cuotas de
interés social
Artículo
154. Pérdida en la enajenación de plusvalía
Artículo
155. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de bonos de financiamiento
especial
Artículo
156. Las pérdidas no pueden afectar rentas de trabajo
DEDUCCIONES
ESPECIALES POR INVERSIONES
Artículo
157. Deducción por inversiones en nuevas plantaciones, riegos, pozos y silos
Artículo
158. Deducción por amortización en el sector agropecuario
Artículo
158-1. Deducción por donaciones e inversiones en investigación, desarrollo
tecnológico e innovación.
Artículo
158-2. Deducción por inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente.
Derogado por el artículo 376 de la Ley 1819 de 2016
Artículo
158-3. Deducción por inversión en activos fijos
Artículo
159. Deducción por inversiones en evaluación y exploración de recursos naturales
no renovables
Artículo
160. Deducción por exploración de petróleos en contratos vigentes al 28 de
octubre de 1974
Artículo
161. Deducción por agotamiento en explotación de hidrocarburos, en contratos
vigentes a octubre 28 de 1974
Artículo
162. Sistemas para su determinación
Artículo
163. Agotamiento normal a base de porcentaje fijo
Artículo
164. Determinación del valor bruto del producto natural
Artículo
165. Limitación a la deducción
Artículo
166. Deducción por factor especial de agotamiento en explotación de
hidrocarburos
Artículo
167. Deducción por agotamiento en explotaciones de minas, gases distintos de
los hidrocarburos y depósitos naturales en contratos vigentes a octubre 28 de
1974.
Artículo
168. Quiénes tienen derecho a la deducción
Artículo
169. Factores que integran el costo
Artículo
170. Sistema para su determinación
Artículo
171. Deducción por amortización de inversiones en exploraciones de gases y
minerales
Artículo
172. Amortización de inversiones efectuadas por Ecopetrol
PRESUNCIÓN
DE DEDUCCIÓN
Artículo
173. Las deducciones en plantaciones de reforestación
PAGOS
POR RENTA VITALICIA
Artículo
174. Deducción por sumas pagadas como renta vitalicia
DEDUCCIÓN
POR RENTA PRESUNTIVA
Artículo
175. Deducción, provisiones y reservas del Fondo Agropecuario de Garantías
LIMITACIONES
COMUNES A COSTOS Y DEDUCCIONES
Artículo
176. Los gastos que no sean susceptibles de tratarse como deducción, no podrán
ser tratados como costos ni capitalizados
Artículo
177. Las limitaciones a costos se aplican a las deducciones
Artículo
177-1. Límite de los costos y deducciones
Artículo
177-2. No aceptación de costos y gastos
CAPÍTULO
VI RENTA LÍQUIDA
Artículo
178. Determinación de la renta líquida
Artículo
179. La utilidad en la enajenación de activos fijos poseídos
por
menos de dos años es renta líquida
RENTAS
LÍQUIDAS ESPECIALES RENTA PRESUNTIVA
NORMAS
APLICABLES PARA 1989
Artículo
180. Bases y porcentajes
Artículo
181. Periodo improductivo o fuerza mayor
Artículo
182. Reducción por medidas legales o administrativas
Artículo
183. Reducción por control de precios, que requiere pronunciamiento del
Ministerio de Hacienda
Artículo
184. Exclusión de ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
Artículo
185. Fijación de la base de cálculo sobre ingresos
Artículo
186. Fijación de la base de cálculo sobre patrimonio
Artículo
187. Los dividendos y participaciones excluidos de la base de
cálculo
aumentan la renta presuntiva
NORMAS
APLICABLES A PARTIR DE 1990
Artículo
188. Base y porcentaje de la renta presuntiva.
Artículo
188-1. Porcentaje a partir del año gravable 1992
Artículo
189. Depuración de la base de cálculo y determinación
Artículo
190. El CONPES podrá fijar las tasas diferenciales por efecto de los avalúos
catastrales
Artículo
191. Exclusiones de la renta presuntiva
Artículo
192. Reducción por situación anormal geográfica o económica
Artículo
193. Concepto de valor patrimonial neto
Artículo
194. Exclusión de los inmuebles gravemente afectados por el Nevado del Ruiz.
RECUPERACIÓN
DE DEDUCCIONES
Artículo
195. Deducciones cuya recuperación constituyen renta líquida
Artículo
196. Renta líquida por recuperación de deducciones en bienes depreciados.
Artículo
197. Recuperación de la deducción en las provisiones de pensiones de jubilación
Artículo
198. Recuperación de deducciones por amortización
Artículo
199. Recuperación por pérdidas compensadas modificadas por la liquidación de
revisión
CONTRATOS
DE SERVICIOS AUTÓNOMOS
Artículo
200. Contratos por servicios de construcción
Artículo
201. Opciones en la determinación de la renta líquida
Artículo
202. Aplicación a la industria de la construcción
TRANSPORTE
INTERNACIONAL
Artículo
203. Determinación de la renta líquida
EXPLOTACIÓN
DE PELÍCULAS Y PROGRAMAS DE COMPUTADOR
Artículo
204. Porcentaje que constituye renta líquida
Artículo
204-1. Renta en explotación de programas de computador
CERTIFICADOS
DE DESARROLLO TURÍSTICO
Artículo
205. Renta gravable por certificados de desarrollo turístico
CAPÍTULO
VII RENTAS EXENTAS DE TRABAJO
Artículo
206. Rentas de trabajo exentas
Artículo
206-1. Determinación de la renta para servidores públicos diplomáticos, consulares
y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores
Artículo
207. Exención de prestaciones provenientes de un Fondo de Pensiones
Artículo
207-1. Exención de cesantías pagadas por Fondos de Cesantías
Artículo
207-2. Otras rentas exentas
DERECHOS
DE AUTOR
Artículo
208. Rentas exentas por derechos de autor
EMPRESAS
COMUNITARIAS
Artículo
209. Renta exenta de las empresas comunitarias
Artículo
210. Extensión de la exención
EMPRESAS
DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Artículo
211. Exención para empresas de servicios públicos domiciliarios
Artículo
211-1. Rentas exentas de loterías y licoreras
Artículo
211-2. Utilidades exentas de empresas industriales y comerciales del Estado del
orden nacional
ZONAS
FRANCAS
Artículo
212. Renta exenta de las zonas francas
Artículo
213. Renta exenta de los usuarios de las zonas francas
FONDO
DE GARANTÍAS
Artículo
214. Exención para el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras
Artículo
215. Condición para mantener exención en explotación de hidrocarburos
Artículo
216. Renta exenta para contratos vigentes a octubre 28 de 1974
FONDOS
GANADEROS
Artículo
217. Renta exenta para Fondos Ganaderos organizados como
sociedades
anónimas abiertas
INTERESES
Artículo
218. Intereses, comisiones y demás pagos para empréstitos y títulos de deuda
pública externa
Artículo
219. Intereses de cédulas BCH emitidas con anterioridad al 30 de
septiembre
de 1974
Artículo
220. Intereses de bonos de financiamiento presupuestal y de bonos de
financiamiento especial
Artículo
221. Intereses por enajenación de inmuebles destinados a la reforma urbana.
Artículo
222. Intereses por deudas y bonos de la reforma agraria, e intereses
sobre
pagarés y cédulas de reforma urbana
SEGUROS
DE VIDA
Artículo
223. Indemnizaciones por seguros de vida
EMPRESAS
EN LA ZONA DEL NEVADO DEL RUIZ
Artículo
224. Renta exenta para nuevas empresas en la zona del Nevado del Ruiz
Artículo
225. Concepto de nueva empresa en la zona del Nevado del Ruiz
Artículo
226. Renta exenta para empresas que reanuden actividades en la zona del Nevado
del Ruiz
Artículo
227. Renta exenta para empresas de tardío rendimiento en la zona del Nevado del
Ruiz
Artículo
228. Extensión del beneficio a los socios en la zona del Nevado del Ruiz
EMPRESAS
EDITORIALES
Artículo
229. Rentas exentas en empresas editoriales
Artículo
230. Concepto de empresa editorial
Artículo
231. Renta exenta para inversionistas en empresas editoriales
Artículo
232. Renta exenta para empresas en San Andrés y Providencia
PARA
EXTRANJEROS
Artículo
233. Rentas exentas de personas y entidades extranjeras
INTRANSFERIBILIDAD
DE LAS RENTAS EXENTAS
Artículo
234. Las rentas exentas de las sociedades no son transferibles
Artículo
235. Las exenciones solo benefician a su titular
Artículo
235-1. Límite de las rentas exentas
Artículo
235-2. Rentas exentas a partir del año gravable 2019
Artículo
235-3. Mega-inversiones
Artículo
235-4. Estabilidad tributaria para Mega-inversiones
CAPÍTULO
VIII RENTA GRAVABLE ESPECIAL
COMPARACIÓN
PATRIMONIAL
Artículo
236. Renta por comparación patrimonial
Artículo
237. Ajuste para el cálculo
Artículo
238. Diferencia patrimonial en la primera declaración
Artículo
239. No habrá lugar a la comparación patrimonial
Artículo
239-1. Renta líquida gravable por activos omitidos o pasivos inexistentes
CAPÍTULO
IX TARIFAS DEL IMPUESTO DE RENTA
Artículo
240. Tarifa general para personas jurídicas
Artículo
240-1. Tarifa para usuarios de Zona Franca
Artículo
241. Tarifa para las personas naturales residentes y asignaciones y donaciones
modales.
Artículo
242. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por personas
naturales residentes.
Artículo
242-1. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por
sociedades nacionales.
Artículo
243. Destinación específica
Artículo
244. Excepción de los no declarantes
Artículo
245. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por sociedades
y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes.
Artículo
246. Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por
establecimientos permanentes de sociedades extranjeras.
Artículo
246-1. Régimen de transición para el impuesto a los dividendos
Artículo
247. Tarifa del impuesto de renta para personas naturales sin residencia
Artículo
248. Tarifa especial para algunos pagos al exterior efectuados por
constructores colombianos
Artículo
248-1. Contribución especial a cargo de contribuyentes declarantes del impuesto
sobre la renta
CAPÍTULO
X DESCUENTOS TRIBUTARIOS
Artículo
249. Por inversión en acciones de sociedades agropecuarias
Artículo
250. Descuento tributario por la generación de empleo
Artículo
251. Modalidades de las donaciones
Artículo
252. Requisitos para reconocer el descuento
Artículo
253. Por reforestación
Artículo
254. Descuento por impuestos pagados en el exterior
Artículo
255. Descuento para inversiones realizadas en control, conservación y
mejoramiento del medio ambiente
Artículo
256. Descuento para inversiones realizadas en investigación, desarrollo
tecnológico o innovación. Modificado por el artículo 171 de la Ley 1955 de 2019
Artículo
256-1. Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo
tecnológico e innovación o vinculación de capital humano de alto nivel.
Artículo
257. Descuento por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al
régimen especial
Artículo
257-1. Becas por impuestos. Adicionado por el artículo 190 de la Ley 1955 de
2019
Artículo
258. Limitaciones a los descuentos tributarios de que tratan los artículos 255,
256 y 257 del Estatuto Tributario
Artículo
258-1. Impuesto sobre las ventas en la importación, formación, construcción o adquisición
de activos fijos reales productivos.
Artículo
258-2. Descuento por impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición e importación
de maquinaria pesada para industrias básicas
Artículo
259. Límite de los descuentos
Artículo
259-2. Eliminación de descuentos tributarios en el impuesto sobre la renta.
Artículo
260. Intransferibilidad de los descuentos tributarios
CAPÍTULO
XI PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Artículo
260-1. Criterios de vinculación
Artículo
260-2. Operaciones con vinculados
Artículo
260-3. Métodos para determinar el precio o margen de utilidad en las operaciones
con vinculados
Artículo
260-4. Criterios de comparabilidad para operaciones entre vinculados y terceros
independientes
Artículo
260-5. Documentación comprobatoria
Artículo
260-6. Ajustes
Artículo
260-7. Jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes
tributarios preferenciales
Artículo
260-8. Ingresos, costos y deducciones
Artículo
260-9. Obligación de presentar declaración informativa
Artículo
260-10. Acuerdos anticipados de precios
Artículo
260-11. Sanciones respecto de la documentación comprobatoria de la declaración
informativa
TÍTULO
II PATRIMONIO
CAPÍTULO
I PATRIMONIO BRUTO
BIENES
Y DERECHOS QUE LO INTEGRAN
Artículo
261. Patrimonio bruto
Artículo
262. Qué son derechos apreciables en dinero
Artículo
263. Qué se entiende por posesión
Artículo
264. Presunción de aprovechamiento económico
Artículo
265. Bienes poseídos en el país
Artículo
266. Bienes no poseídos en el país
VALOR
PATRIMONIAL DE LOS ACTIVOS
Artículo
267. Regla general para la valoración patrimonial de los activos
Artículo
267-1. Valor patrimonial de los bienes adquiridos por leasing
Artículo
268. Valor de los depósitos en cuentas corrientes y de ahorro
Artículo
269. Valor patrimonial de los bienes en moneda extranjera
Artículo
270. Valor patrimonial de los créditos
Artículo
271. Valor patrimonial de los títulos, bonos y seguros de vida
Artículo
271-1. Valor patrimonial de los derechos fiduciarios
Artículo
272. Valor de las acciones, aportes, y demás derechos en sociedades
Artículo
273. Revalorización del patrimonio
Artículo
274. Acciones de sociedades que no se cotizan en Bolsa
Artículo
275. Valor patrimonial de las mercancías vendidas a plazos
Artículo
276. Valor de los semovientes
Artículo
277. Valor patrimonial de los inmuebles
Artículo
278. Costo mínimo de los inmuebles adquiridos con préstamos
Artículo
279. Valor de los bienes incorporales
AJUSTES
A LOS ACTIVOS PATRIMONIALES
Artículo
280. Reajuste fiscal a los activos patrimoniales
Artículo
281. Efectos del reajuste fiscal
CAPÍTULO
II PATRIMONIO LÍQUIDO
Artículo
282. Concepto
CAPÍTULO
III DEUDAS
Artículo
283. Deudas
Artículo
284. Pasivos de compañías de seguros
Artículo
285. Pasivos moneda extranjera
Artículo
286. No son deudas
Artículo
287. Valor patrimonial de las deudas
CAPÍTULO
IV
Artículo
288. Ajustes por diferencia en cambio
Artículo
289. Efecto del Estado de Situación Financiera de Apertura -ESFA- en los
activos y pasivos, cambios en políticas contables y errores contables
Artículo
290. Régimen de transición
Artículo
291. Régimen de transición por los ajustes de diferencia en cambio
CAPÍTULO
V IMPUESTO AL PATRIMONIO
Artículo
292. Impuesto al patrimonio
Artículo
292-1. Impuesto al patrimonio
Artículo
292-2. Impuesto al patrimonio – sujetos pasivos.
Artículo
293. Hecho generador
Artículo
293-1. Hecho generador
Artículo
293-2. No contribuyentes del impuesto a la riqueza
Artículo
294. Causación
Artículo
294-1. Causación
Artículo
294-2. Hecho generador
Artículo
295. Base gravable
Artículo
295-1. Base gravable
Artículo
295-2. Base gravable
Artículo
296. Tarifa
Artículo
296-1. Tarifa
Artículo
296-2. Tarifa y destinación
Artículo
297. Entidades no sujetas al impuesto al patrimonio
Artículo
297-1. Entidades no sujetas al impuesto
Artículo
297-2. Causación
Artículo
298. Declaración y pago
Artículo
298-1. Contenido de la declaración del impuesto al patrimonio
Artículo
298-2. Administración y control del impuesto al patrimonio
Artículo
298-3. No deducibilidad del impuesto
Artículo
298-4. Normas aplicables al impuesto sobre el patrimonio
Artículo
298-5. Control y sanciones
Artículo
298-6. No deducibilidad del impuesto
Artículo
298-7. Declaración y pago voluntarios
Artículo
298-8. Remisión
TÍTULO
III GANANCIAS OCASIONALES
CAPÍTULO
I INGRESOS SUSCEPTIBLES DE CONSTITUIR
GANANCIA
OCASIONAL
Artículo
299. Ingresos constitutivos de ganancia ocasional
UTILIDAD
EN LA ENAJENACIÓN DE ACTIVOS FIJOS POSEÍDOS DOS AÑOS O MÁS
Artículo
300. Se determina por la diferencia entre el precio de
enajenación
y el costo fiscal del activo
LAS
UTILIDADES ORIGINADAS EN LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES
Artículo
301. Se determinan por el exceso de lo recibido sobre el capital aportado
LAS
PROVENIENTES DE HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES
Artículo
302. Origen
Artículo
303. Cómo se determina su valor
Artículo
303-1. Ganancia ocasional derivada de indemnizaciones por concepto de seguros
de vida
POR
LOTERÍAS, PREMIOS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES
Artículo
304. Gravamen a los premios en dinero y en especie
Artículo
305. En premios en títulos de capitalización
Artículo
306. El impuesto debe ser retenido en la fuente
Artículo
306-1. Impuesto sobre premios de apuestas y concursos hípicos o caninos y
premios a propietarios de caballos o canes de carreras
CAPÍTULO
II GANANCIAS OCASIONALES EXENTAS
Artículo
307. Ganancias ocasionales exentas
Artículo
308. Herencias o legados a personas diferentes a legitimarios y cónyuge
Artículo
309. Donaciones a damnificados por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz
Artículo
310. Otras exenciones
CAPÍTULO
III GANANCIA OCASIONAL NETA
Artículo
311. De las ganancias ocasionales se restan las pérdidas ocasionales
Artículo
311-1. Utilidad en la venta de la casa o apartamento
Artículo
312. Casos en los cuales no se aceptan pérdidas ocasionales
CAPÍTULO
IV TARIFAS DEL IMPUESTO DE GANANCIAS OCASIONALES
Artículo
313. Para las sociedades y entidades nacionales y extranjeras
Artículo
314. Para personas naturales residentes
Artículo
315. El impuesto de ganancia ocasional para los no declarantes
Artículo
316. Para personas naturales extranjeras sin residencia
Artículo
317. Para ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y
similares
CAPÍTULO
V RÉGIMEN APLICABLE A PARTIR DE 1992 PARA
ALGUNOS
CONTRIBUYENTES
Artículo
318. Tratamiento de la ganancia ocasional como renta
TÍTULO
IV REORGANIZACIONES EMPRESARIALES
CAPÍTULO
I APORTES A SOCIEDADES
Artículo
319. Aportes a sociedades nacionales
Artículo
319-1. Aportes sometidos al impuesto.
Artículo
319-2. Aportes a sociedades y entidades extranjeras
CAPÍTULO
II FUSIONES Y ESCISIONES
Artículo
319-3. Fusiones y escisiones adquisitivas
Artículo
319-4. Efectos en las fusiones y escisiones adquisitivas
Artículo
319-5. Fusiones y escisiones reorganizativas
Artículo
319-6. Efectos en las fusiones y escisiones reorganizativas entre entidades.
Artículo
319-7. Fusiones y escisiones gravadas
Artículo
319-8. Fusiones y escisiones entre entidades extranjeras
Artículo
319-9. Responsabilidad solidaria en casos de fusión y escisión
TÍTULO
IV REMESAS
CAPÍTULO
IV DISPOSICIONES VARIAS
Artículo
325. Requisitos para los giros al exterior
Artículo
326. Requisitos para la autorización de cambio de titular de inversión
extranjera
Artículo
327. Facultad de establecer condiciones para el cambio de titular de inversión
extranjera
Artículo
328. Recaudo y control
TÍTULO
V
CAPÍTULO
I DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
SOBRE
LA RENTA DE LAS PERSONAS NATURALES
Artículo
329. Determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales.
Artículo
330. Determinación cedular.
Artículo
331. Rentas líquidas gravables.
Artículo
332. Rentas exentas y deducciones
Artículo
333. Base de renta presuntiva.
Artículo
334. Facultades de fiscalización
CAPÍTULO
II RENTAS DE TRABAJO
Artículo
335. Ingresos de la cédula general.
Artículo
336. Renta líquida gravable de la cédula general.
CAPÍTULO
III RENTAS DE PENSIONES
Artículo
337. Ingresos de las rentas de pensiones
CAPÍTULO
IV RENTAS DE CAPITAL
Artículo
338. Ingresos de las rentas de capital
Artículo
339. Renta líquida cedular de las rentas de capital
CAPÍTULO
V RENTAS NO LABORALES
Artículo
340. Ingresos de las rentas no laborales
Artículo
341. Renta líquida cedular de las rentas no laborales
CAPÍTULO
VI RENTAS DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES
Artículo
342. Ingresos de las rentas de dividendos y participaciones
Artículo
343. Renta líquida
TÍTULO
V AJUSTE INTEGRAL POR INFLACIÓN A PARTIR DEL AÑO GRAVABLE 1992
TÍTULO
VI RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
Artículo
356. Tratamiento especial para algunos contribuyentes
Artículo
356-1. Distribución indirecta de excedentes y remuneración de los cargos
directivos de contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial
Artículo
356-2. Calificación al Régimen Tributario Especial
Artículo
356-3. Actualización del RUT para los contribuyentes del Régimen Tributario
Especial
Artículo
357. Determinación del beneficio neto o excedente
Artículo
358. Exención sobre el beneficio neto o excedente
Artículo
358-1. Renta por comparación patrimonial
Artículo
359. Objeto social
Artículo
360. Autorización para utilizar plazos adicionales para invertir
Artículo
361. Excepciones al tratamiento especial
Artículo
362. Comité de calificaciones
Artículo
363. Funciones del Comité
Artículo
364. Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar libros de
contabilidad registrados
Artículo
364-1. Cláusula general para evitar la elusión fiscal
Artículo
364-2. Actos y circunstancias que constituyen abuso del Régimen Tributario
Especial
Artículo
364-3. Pérdida de los beneficios del Régimen Tributario Especial
Artículo
364-4. Registro ante la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de
Colombia
Artículo
364-5. Registro web y remisión de comentarios de la sociedad civil
Artículo
364-6. Fiscalización en cabeza de la DIAN
LIBRO SEGUNDO
RETENCIÓN EN LA FUENTE
TÍTULO
I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo
365. Facultad para establecerlas
Artículo
366. Facultad para establecer nuevas retenciones
Artículo
366-1. Facultad para establecer retención en la fuente por ingresos del
exterior
Artículo
366-2. Normas aplicables en materia de retención en la fuente
Artículo
367. Finalidad de la retención en la fuente
Artículo
368. Quiénes son agentes de retención
Artículo
368-1. Retención sobre distribución de ingresos por los fondos a que se refiere
el artículo 23-1 del estatuto tributario.
Artículo
368-2. Personas naturales que son agentes de retención
Artículo
369. Cuándo no se efectúa la retención
Artículo
370. Los agentes que no efectúen la retención, son responsables con el
contribuyente
Artículo
371. Casos de solidaridad en las sanciones por retención
Artículo
372. Solidaridad de los vinculados económicos por retención
Artículo
373. Los valores retenidos se imputan en la liquidación privada
Artículo
374. En la liquidación oficial se deben acreditar los valores retenidos
TÍTULO
II OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR
RETENER
Artículo
375. Efectuar la retención
CONSIGNAR
Artículo
376. Consignar lo retenido
Artículo
376-1. Retención en la fuente a través de las entidades financieras
Artículo
377. La consignación extemporánea causa intereses moratorios
EXPEDIR
CERTIFICADOS
Artículo
378. Por concepto de salarios
Artículo
378-1.
Artículo
379. Contenido del certificado de ingresos y retenciones
Artículo
380. Datos a cargo del asalariado no declarante
Artículo
381. Certificados por otros conceptos
PRESENTAR
DECLARACIONES
Artículo
382. Obligación de declarar
TÍTULO
III CONCEPTOS SUJETOS A RETENCIÓN
CAPÍTULO
I INGRESOS LABORALES
Artículo
383. Tarifa.
Artículo
384. Tarifa mínima de retención en la fuente para empleados
PROCEDIMIENTOS
PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RETENCIÓN
Artículo
385. Primera opción frente a la retención
Artículo
386. Segunda opción frente a la retención
Artículo
387. Deducciones que se restarán de la base de retención
Artículo
387-1. Disminución de la base de retención por pagos a terceros por concepto de
alimentación
Artículo
388. Depuración de la base del cálculo de la retención en la fuente
CAPÍTULO
II DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES
Artículo
389. Cuáles están sometidos a retención
Artículo
390. Retención sobre dividendos y participaciones
Artículo
391. Tarifa sobre otras rentas
CAPÍTULO
III HONORARIOS, COMISIONES, SERVICIOS Y ARRENDAMIENTOS
Artículo
392. Se efectúa sobre los pagos o abonos en cuenta
Artículo
393. Comisiones por transacciones realizadas en la Bolsa
Artículo
394. Cómo opera la retención por arrendamientos cuando hay intermediación.
CAPÍTULO
IV RENDIMIENTOS FINANCIEROS
Artículo
395. Conceptos objeto de retención
Artículo
396. La tarifa puede aplicarse sobre el valor bruto del rendimiento
Artículo
397. Retención en la fuente en títulos con descuento
Artículo
397-1. Rendimiento de títulos de ahorro a largo plazo
CAPÍTULO
V ENAJENACIÓN DE ACTIVOS FIJOS DE PERSONAS NATURALES
Artículo
398. Retención en la enajenación de activos fijos de personas naturales
Artículo
399. Disminución de la retención cuando el activo enajenado corresponda a la
casa o apartamento de habitación
Artículo
400. Excepción
CAPÍTULO
VI OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS
Artículo
401. Retención sobre otros ingresos tributarios
Artículo
401-1. Retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte
y azar
Artículo
401-2. Retención en la fuente en indemnizaciones
Artículo
401-3. Retención en la fuente en indemnizaciones derivadas de una relación laboral
o legal y reglamentaria
CAPÍTULO
VII LOTERÍAS, RIFAS, APUESTAS Y SIMILARES
Artículo
402. Se efectúa al momento del pago
Artículo
403. Procedimiento para el pago de la retención en premios en especie
Artículo
404. Tratamiento de las apuestas
Artículo
404-1. Retención en la fuente por premios
CAPÍTULO
VIII PATRIMONIO
Artículo
405. La retención es requisito para la aceptación de la deuda
CAPÍTULO
IX POR PAGOS AL EXTERIOR
A
TÍTULO DEL IMPUESTO DE RENTA
Artículo
406. Casos en que debe efectuarse la retención
Artículo
407. Tarifas para dividendos y participaciones
Artículo
408. Tarifas para rentas de capital y de trabajo
Artículo
409. Tarifa especial para profesores extranjeros
Artículo
410. Retención en la fuente en la explotación de películas cinematográficas
Artículo
411. Tarifa para rentas en explotación de programas de computador
Artículo
412. Tarifa sobre los contratos “llave en mano” y demás contratos de confección
de obra material
Artículo
413. Esta retención se aplicará a partir del 24 de diciembre de 1986
Artículo
414. Tarifa sobre pagos por arrendamiento de maquinaria
Artículo
414-1. Retención en la fuente en transporte internacional
Artículo
415. Tarifa de retención para los demás casos
Artículo
416. Los intereses sobre deuda externa pagados por la nación no están sometidos
a retención
A
TÍTULO DEL IMPUESTO DE REMESAS
Artículo
417. Obligación de efectuar la retención
Artículo
418. Casos en los cuales no se efectúa la retención
Artículo
419. Para la aceptación de costos y deducciones por pagos al exterior se
requiere acreditar la consignación del respectivo impuesto retenido en la
fuente
LIBRO TERCERO
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
TÍTULO
I HECHO GENERADOR DEL IMPUESTO
Artículo
420. Hechos sobre los que recae el impuesto
Artículo
420-1. Recaudo y control del impuesto sobre las ventas en la enajenación de
aerodinos
Artículo
421. Hechos que se consideran venta
Artículo
421-1. IVA para tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior
Artículo
422. Los bienes resultantes de procesos de montaje, instalación, o similares,
se consideran muebles
Artículo
423. Exclusión del impuesto en el territorio intendencial de San Andrés y
Providencia
Artículo
423-1. Importación de premios en concursos internacionales
BIENES
O SERVICIOS EXCLUIDOS
Artículo
424. Bienes que no causan el impuesto
Artículo
424-1. Materias primas excluidas para medicamentos,
plaguicidas
y fertilizantes
Artículo
424-2. Materias primas para la producción de vacunas
Artículo
424-3. Maquinaria agropecuaria excluida del impuesto
Artículo
424-4. Alambrón destinado a la elaboración de alambre de púas y torcido para
cercas
Artículo
424-5. Bienes excluidos del impuesto
Artículo
424-6. Gas propano para uso doméstico
Artículo
424-7. Otros bienes excluidos del impuesto a las ventas
Artículo
425. Otros bienes que no causan el impuesto
Artículo
426. Servicios excluidos
Artículo
427. Pólizas de seguros excluidas
Artículo
428. Importaciones que no causan impuesto
Artículo
428-1. Importaciones de activos por instituciones de educación y centros de
investigación
Artículo
428-2. Efectos tributarios de la fusión y escisión de sociedades
TÍTULO
II CAUSACIÓN DEL IMPUESTO
Artículo
429. Momento de causación
Artículo
430. Causación del impuesto sobre la venta de cerveza
Artículo
431. Causación en el servicio de transporte aéreo o marítimo
Artículo
432. En el servicio de teléfonos se causa al momento del pago
Artículo
433. En seguros se causa al conocimiento de la emisión de la póliza
Artículo
434. En seguros de transporte
Artículo
435. En seguros generales
Artículo
436. En seguros autorizados en moneda extranjera
TÍTULO
III RESPONSABLES DEL IMPUESTO
Artículo
437. Los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos y los
importadores son sujetos pasivos
Artículo
437-1. Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas
Artículo
437-2. Agentes de retención en el impuesto sobre las ventas
Artículo
437-3. Responsabilidad por la retención
Artículo
437-4. Retención de IVA para venta de chatarra y otros bienes
Artículo
437-5. Retención de IVA para venta de tabaco
Artículo
438. Intermediarios en la comercialización que son responsables
Artículo
439. Los comerciantes de bienes exentos no son responsables
Artículo
440. Qué se entiende por productor
Artículo
441. Responsabilidad de los clubes sociales y deportivos
Artículo
442. Responsabilidad en el servicio de transporte gravado
Artículo
443. Responsabilidad en el servicio de teléfono
Artículo
443-1. Responsabilidad en los servicios financieros
RÉGIMEN
ESPECIAL PARA LOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO, CERVEZA Y GASEOSA
Artículo
444. Responsables en la venta de derivados del petróleo
Artículo
445. Responsables en la venta de cervezas de producción nacional
Artículo
446. Responsables en la venta de gaseosas y similares
TÍTULO
IV LA BASE GRAVABLE
Artículo
447. En la venta y prestación de servicios, regla general
Artículo
448. Otros factores integrantes de la base gravable
Artículo
449. La financiación por vinculados económicos es parte de la base gravable
Artículo
449-1. Financiación que no forma parte de la base gravable
Artículo
450. Casos de vinculación económica
Artículo
451. Casos en que una sociedad se considera subordinada
Artículo
452. Cuándo subsiste la vinculación económica
Artículo
453. Valor de las operaciones subfacturadas o no facturadas
Artículo
454. Los descuentos efectivos no integran la base gravable
Artículo
455. Base gravable para intermediarios
Artículo
456. Base gravable para intermediarios en la venta de activos fijos
Artículo
457. Base gravable mínima en la venta de activos fijos por intermediarios
Artículo
457-1. Base gravable en la venta de vehículos usados
Artículo
458. Base gravable en los retiros de bienes
Artículo
459. Base gravable en las importaciones
Artículo
460. Base gravable en servicios de clubes
Artículo
461. Base gravable en servicio de transporte internacional de pasajeros
Artículo
462. Base gravable para el servicio telefónico
Artículo
462-1. Base gravable especial
Artículo
462-2. Responsabilidad en los servicios de parqueadero prestado por las
propiedades horizontales
Artículo
463. Base gravable mínima
Artículo
464. El Gobierno puede fijar bases mínimas de liquidación
Artículo
465. Competencia para fijar precios
Artículo
466. Base gravable en la venta de gasolina motor
Artículo
467. Base gravable en otros productos derivados del petróleo
TÍTULO
V TARIFAS
Artículo
468. Tarifa general del impuesto sobre las ventas
Artículo
468-1. Bienes gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%)
Artículo
468-2. Bienes gravados con la tarifa del dos por ciento (2%)
Artículo
468-3. Servicios gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%)
Artículo
469. Vehículos automóviles con tarifa general
Artículo
470. Servicio gravado con la tarifa del veinte por ciento (20%)
Artículo
471. Tarifas para otros vehículos, naves y aeronaves
Artículo
472. Automotores sometidos a la tarifa del 20%
Artículo
473. Bienes sometidos a las tarifas diferenciales del 35% o del 20%
TARIFAS
ESPECIALES PARA PRODUCTOS DERIVADOS DEL
PETRÓLEO
Y CERVEZAS
Artículo
474. Tarifa especial para derivados del petróleo
Artículo
475. Base gravable para las cervezas de producción nacional e importadas
Artículo
476. Servicios excluidos del impuesto a las ventas -IVA
Artículo
476-1. Seguros tomados en el exterior
TÍTULO
VI BIENES EXENTOS
Artículo
477. Bienes que se encuentran exentos del impuesto
BIENES
EXENTOS POR SU DESTINACIÓN O USO
Artículo
478. Libros y revistas exentos
Artículo
479. Los bienes que se exporten son exentos
Artículo
480. Bienes donados exentos del impuesto sobre las ventas
Artículo
481. Bienes exentos con derecho a devolución bimestral
Artículo
482. Las personas exentas por ley de otros impuestos no lo están del impuesto
sobre las ventas
Artículo
482-1. Limitación a las exenciones y exclusiones en importación de bienes
TÍTULO
VII DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A CARGO
DEL
RESPONSABLE DEL RÉGIMEN COMÚN
Artículo
483. Determinación del impuesto para los responsables del régimen común
Artículo
484. Disminución por deducciones u operaciones anuladas, rescindidas o
resueltas
Artículo
484-1. Tratamiento del impuesto sobre las ventas retenido
Artículo
485. Impuestos descontables
Artículo
485-1. Descuento del impuesto sobre las ventas liquidado sobre operaciones gravadas
realizadas con responsables del régimen simplificado
Artículo
485-1. (SIC) Descuento especial del impuesto a las ventas
Artículo
485-2. Descuento especial del impuesto sobre las ventas
Artículo
486. Ajuste de los impuestos descontables
Artículo
486-1. Determinación del impuesto en los servicios financieros
Artículo
486-2. Tratamiento tributario en operaciones de transferencias temporales de
valores
Artículo
487. La terminación del contrato por mora en el pago de la prima de seguros da lugar
a descontar el impuesto de la prima no pagada
Artículo
488. Solo son descontables los impuestos originados en operaciones que
constituyan costo o gasto
Artículo
489. Impuestos descontables susceptibles de devolución bimestral de impuestos.
Artículo
490. Los impuestos descontables en las operaciones gravadas, excluidas y
exentas se imputarán proporcionalmente
Artículo
491. En la adquisición de activo fijo no hay descuento
Artículo
492. Los créditos o las deudas incobrables no dan derecho a descuento
Artículo
493. Los impuestos descontables no constituyen costo ni deducción
Artículo
494. No son descontables las adquisiciones efectuadas a proveedores no
inscritos
Artículo
495. No son descontables las adquisiciones efectuadas a proveedores ficticios o
insolventes
Artículo
496. Oportunidad de los descuentos
Artículo
497. Descuentos calculados para intermediarios
Artículo
498. Impuestos descontables en los servicios
Artículo
498-1. IVA descontable en la adquisición de bienes de capital
TÍTULO
VIII RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Artículo
499. Quiénes pertenecen a este régimen
Artículo
499-1. Régimen simplificado para prestadores de servicios
Artículo
500. Quiénes no pueden acogerse a este régimen
Artículo
501. Determinación del impuesto en el régimen simplificado
Artículo
502. Impuesto sobre las ventas como costo o gasto en renta
Artículo
503. Cuando los ingresos superen la cifra establecida se liquidará como el
régimen común
Artículo
504. Oportunidad de los descuentos para el régimen simplificado
Artículo
505. Cambio del régimen común al simplificado
Artículo
506. Obligaciones para los responsables del régimen simplificado.
TÍTULO
IX PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES ESPECIALES
EN
EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
Artículo
507. Obligación de inscribirse en el registro nacional de vendedores
Artículo
508. Quienes se acojan al régimen simplificado deben manifestarlo a la
Dirección General de Impuestos Nacionales
Artículo
508-1. Cambio de régimen por la administración.
Artículo
508-2. Tránsito a la condición de responsables del impuesto.
Artículo
509. Obligación de llevar registro auxiliar y cuenta corriente para
responsables
del régimen común
Artículo
510. Cuenta impuesto sobre las ventas retenido
Artículo
511. Discriminación del impuesto en la factura
Artículo
512. Normas aplicables a las cervezas de producción nacional
Artículo
512-1. Impuesto nacional al consumo
Artículo
512-2. Base gravable y tarifa en los servicios de telefonía, datos y
navegación
móvil
Artículo
512-3. Bienes gravados a la tarifa del 8
Artículo
512-4. Bienes gravados a la tarifa del 16
Artículo
512-5. Vehículos que no causan el impuesto
Artículo
512-6. Contenido de la declaración del impuesto nacional al consumo.
Artículo
512-7.
Artículo
512-8. Definición de restaurantes
Artículo
512-9. Base gravable y tarifa en el servicio de restaurantes
Artículo
512-10. Bares, tabernas y discotecas cualquiera fuera la denominación o
modalidad
que adopten
Artículo
512-11. Base gravable y tarifa en los servicios de bares, tabernas y discotecas
Artículo
512-12. Establecimientos que prestan el servicio de restaurante y el de bares y
similares
Artículo
512-13. No responsables del impuesto nacional al consumo de restaurantes y
bares
Artículo
512-14. Obligaciones de los responsables del impuesto nacional al consumo
Artículo
512-15. Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas
Artículo
512-16. Bolsas plásticas que no causan el impuesto
Artículo
512-17. Hecho generador del impuesto nacional al consumo de cannabis
Artículo
512-18. Responsables del impuesto nacional al consumo de cannabis
Artículo
512-19. Base gravable del impuesto nacional al consumo de cannabis.
Artículo
512-20. Tarifas del impuesto nacional al consumo de cannabis
Artículo
512-21. Causación del impuesto nacional al consumo de cannabis.
Artículo
512-22. Impuesto nacional al consumo de bienes inmuebles.
Artículo
513. Aplicación de las normas de procedimiento general
LIBRO CUARTO
IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL
TÍTULO
I SUJETOS PASIVOS
Artículo
514. Contribuyentes o responsables son sujetos pasivos
Artículo
515. Quiénes son contribuyentes
Artículo
516. Quiénes son responsables
Artículo
517. Los funcionarios oficiales responden solidariamente con los agentes de
retención
Artículo
518. Agentes de retención
TÍTULO
II ACTUACIONES GRAVADAS Y SUS TARIFAS
Artículo
519. Base gravable en el impuesto de timbre nacional
Artículo
520. Otros instrumentos sometidos al impuesto de timbre cuando su cuantía fuere
superior a un millón de pesos ($1.000.000
Artículo
521. Documentos privados sometidos al impuesto de timbre, cualquiera fuere su
cuantía
Artículo
522. Reglas para determinar las cuantías
Artículo
523. Actuaciones y documentos sin cuantía gravados con el impuesto
Artículo
524. Las visas que se expidan a los extranjeros causan impuesto de timbre.
Artículo
525. Impuesto de timbre para actuaciones que se cumplan en el exterior
Artículo
526. Cuando se cancelen dentro del país se liquidan al cambio oficial.
TÍTULO
III CAUSACIÓN DEL IMPUESTO DE TIMBRE
PARA
ALGUNAS ACTUACIONES
Artículo
527. Momentos de realización de algunos hechos gravados
Artículo
528. La no expresión de la fecha hace presumir el plazo vencido
TÍTULO
IV NO CAUSAN IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo
529. Las obligaciones relacionadas con el crédito externo
TÍTULO
V ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS DEL IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo
530. Se encuentran exentos del impuesto de timbre
Artículo
530-1
Artículo
531. Las operaciones de fomento de la caja agraria están exentas del impuesto
de timbre
Artículo
532. Las entidades oficiales están exentas del pago del impuesto de timbre.
Artículo
533. Qué se entiende por entidades de derecho público
Artículo
534. La exención debe constar en el documento o acto exento
TÍTULO
VI PAGO DEL IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo
535. El impuesto se paga al momento de presentar la declaración
TÍTULO
VII FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN PARA EL CONTROL
Y
RECAUDO DEL IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo
536. Amplias facultades de investigación
Artículo
537. Las autoridades deberán prestar todas las garantías y apoyo a los
funcionarios encargados del control
Artículo
538. El Gobierno está facultado para establecer retenciones
Artículo
539. Excepción al control y recaudo del impuesto
Artículo
539-1. Obligaciones del agente de retención de timbre
Artículo
539-2. Obligación de expedir certificados
Artículo
539-3. Obligación de declararla
TÍTULO
VIII OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE FUNCIONARIOS
Artículo
540. Ningún documento deberá ser tenido como prueba mientras no se pague el
impuesto de timbre
Artículo
541. Qué se entiende por actuación
Artículo
542. Qué se entiende por funcionario oficial
Artículo
543. Los funcionarios oficiales remitirán a las divisiones de fiscalización los
documentos que no hayan cancelado el impuesto de timbre
TÍTULO
IX SANCIONES
Artículo
544. Multa para funcionarios que admitan documentos gravados sin el
pago
del impuesto de timbre
Artículo
545. Multa para quien impida y obstaculice el control del impuesto de timbre
Artículo
546. Sanción a las autoridades por no prestar apoyo y garantías a los
funcionarios encargados del control y fiscalización del impuesto de timbre
Artículo
547. Las sanciones recaen sobre el agente de retención
TÍTULO
X DISPOSICIONES VARIAS
Artículo
548. Reajuste anual de los valores absolutos en el impuesto de timbre
Artículo
549. Qué son valores absolutos
Artículo
550. Para las actuaciones ante el exterior el impuesto se ajusta cada tres
años.
Artículo
551. Caso en que no es aplicable el ajuste
Artículo
552. El Gobierno deberá publicar las cifras ajustadas
Artículo
553. Los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco
Artículo
554. Procedimiento aplicable al impuesto de timbre
LIBRO QUINTO
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO,
SANCIONES Y ESTRUCTURA
DE
LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES
TÍTULO
I ACTUACIÓN NORMAS GENERALES
Artículo
555. Capacidad y representación
Artículo
555-1. Número de Identificación Tributaria – NIT
Artículo
555-2. Registro Único Tributario – RUT
Artículo
555-3. Adicionado por el Artículo 45 del Decreto Ley 2106 de 2019
Artículo
556. Representación de las personas jurídicas
Artículo
557. Agencia oficiosa
Artículo
558. Equivalencia del término contribuyente o responsable
Artículo
559. Presentación de escritos y recursos
Artículo
560. Competencia para el ejercicio de las funciones
Artículo
561. Delegación de funciones
Artículo
562. Administración de grandes contribuyentes
Artículo
562-1. Actualización del registro de contribuyentes
Artículo
563. Dirección para notificaciones
Artículo
564. Dirección procesal.
Artículo
565. Formas de notificación de las actuaciones de la administración de
impuestos
Artículo
566. Notificación por correo
Artículo
566-1. Notificación electrónica
Artículo
567. Corrección de actuaciones enviadas a dirección errada
Artículo
568. Notificaciones devueltas por el correo
Artículo
569. Notificación personal
Artículo
570. Constancia de los recursos
TÍTULO
II DEBERES Y OBLIGACIONES FORMALES
CAPÍTULO
I NORMAS COMUNES
Artículo
571. Obligados a cumplir los deberes formales
Artículo
572. Representantes que deben cumplir deberes formales
Artículo
572-1. Apoderados generales y mandatarios especiales
Artículo
573. Responsabilidad subsidiaria de los representantes por incumplimiento de
deberes formales
CAPÍTULO
II DECLARACIONES TRIBUTARIAS
DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo
574. Clases de declaraciones
Artículo
574-1. Anexo de otras deducciones a la declaración del impuesto sobre la renta
y complementarios.
Artículo
575. Las declaraciones deben coincidir con el periodo fiscal
Artículo
576. Obligados a declarar por contribuyentes sin residencia en el país.
Artículo
577. Aproximación de los valores de las declaraciones tributarias
Artículo
578. Utilización de formularios
Artículo
579. Lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias.
Artículo
579-1. Domicilio fiscal
Artículo
579-2. Presentación electrónica de declaraciones
Artículo
580. Declaraciones que se tienen por no presentadas
Artículo
580-1. Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin
pago total
Artículo
581. Efectos de la firma del contador
Artículo
582. Declaraciones que no requieren firma de contador
RESERVA
DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS
Artículo
583. Reserva de la declaración
Artículo
584. Examen de la declaración con autorización del declarante
Artículo
585. Para los efectos de los impuestos nacionales, departamentales o municipales
se puede intercambiar información
Artículo
586. Garantía de la reserva por parte de las entidades contratadas para el
manejo de información tributaria
Artículo
587. Información sobre bases para aportes parafiscales
Artículo
587-1. Suministro de información con fines estadísticos
CORRECCIÓN
DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS
Artículo
588. Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor
Artículo
589. Correcciones que disminuyan el valor a pagar o aumenten el saldo a favor
Artículo
589-1. Corrección de algunos errores que implican tener la declaración por no
presentada
Artículo
590. Correcciones provocadas por la administración
DECLARACIÓN
DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
Artículo
591. Quiénes deben presentar declaración de renta y complementarios.
Artículo
593. Asalariados no obligados a declarar
Artículo
594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los
asalariados no declarantes
Artículo
594-1. Trabajadores independientes no obligados a declarar
Artículo
594-2. Declaraciones tributarias presentadas por los no obligados.
Artículo
594-3. Otros requisitos para no obligados a presentar declaración del impuesto
sobre la renta
Artículo
595. Período fiscal cuando hay liquidación en el año
Artículo
596. Contenido de la declaración de renta
Artículo
597. La declaración de renta podrá firmarse con salvedades
DECLARACIÓN
ANUAL DE INGRESOS Y PATRIMONIO
Artículo
598. Entidades no obligadas a presentar declaración
Artículo
599. Contenido de la declaración de ingresos y patrimonio
DECLARACIÓN
DE VENTAS
Artículo
600. Período gravable del impuesto sobre las ventas
Artículo
601. Quiénes deben presentar declaración de impuesto sobre las ventas
Artículo
602. Contenido de la declaración bimestral de ventas
Artículo
603. Obligación de declarar y pagar el impuesto sobre las ventas retenido.
DECLARACIÓN
DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
Artículo
604. Período fiscal
Artículo
605. Quiénes deben presentar declaración
Artículo
606. Contenido de la declaración de retención
Artículo
607. Contenido de la declaración anual de activos en el exterior
Artículo
608. Actuaciones que no requieren de la presentación de la declaración de
timbre
Artículo
609. Contenido de la declaración de timbre
Artículo
610. Casos en que la declaración puede contener más de una actuación gravada
Artículo
611. Casos en que intervienen las mismas partes
CAPÍTULO
III OTROS DEBERES FORMALES DE LOS SUJETOS PASIVOS
DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE TERCEROS
Artículo
612. Deber de informar la dirección
Artículo
613. Inscripción en el registro nacional de vendedores
Artículo
614. Obligación de informar el cese de actividades
Artículo
615. Obligación de expedir factura
Artículo
615-1. Obligaciones del agente retenedor en el impuesto sobre las ventas
Artículo
616. Libro fiscal de registro de operaciones
Artículo
616-1. Sistema de facturación
Artículo
616-2. Casos en los cuales no se requiere la expedición de factura
Artículo
616-3.
Artículo
616-4. Proveedores tecnológicos, obligaciones e infracciones.
Artículo
616-5. Determinación oficial del impuesto sobre la renta y complementarios mediante
facturación.
Artículo
617. Requisitos de la factura de venta
Artículo
618. Obligación de exigir factura o documento equivalente
Artículo
618-1. Creación del premio fiscal
Artículo
618-2. Obligaciones que deben cumplir las personas o entidades que elaboren
facturas o documentos equivalentes
Artículo
618-3. Plazo para empezar a aplicar el sistema de facturación
Artículo
619. En la correspondencia, facturas y demás documentos se debe informar el NIT
Artículo
620. Obligación de fundamentarse en la declaración de renta
Artículo
621. Identificación tributaria en préstamos
DEBERES
Y OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN
Artículo
622. Obligación de las entidades financieras de informar la parte no gravada de
los rendimientos
Artículo
623. Información de las entidades vigiladas por la superintendencia bancaria
Artículo
623-1. Información especial a suministrar por las entidades financieras.
Artículo
623-2. Información para la investigación y localización de bienes de deudores
morosos
Artículo
623-2. (SIC) Información por otras entidades de crédito
Artículo
623-3.
Artículo
624. Información de las cámaras de comercio
Artículo
625. Información de las bolsas de valores
Artículo
626. Información relacionada con aportes parafiscales
Artículo
627. Información de la Registraduría Nacional del Estado Civil
Artículo
628. Límite de información a suministrar por los comisionistas de Bolsa.
Artículo
629. Información de los notarios
Artículo
629-1. Información de las personas o entidades que elaboran facturas
o
documentos equivalentes
Artículo
630. Información de los jueces civiles
Artículo
631. Para estudios y cruces de información y el cumplimiento de otras funciones
Artículo
631-1. Obligación de informar los estados financieros consolidados por
parte
de los grupos empresariales
Artículo
631-2. Valores de operaciones objeto de información
Artículo
631-3. Información para efectos de control tributario
Artículo
631-4. Intercambio automático de información.
Artículo
631-5. Definición beneficiario final.
Artículo
631-6 Registro único de beneficiarios finales.
Artículo
632-1. Relación de retenciones de timbre
Artículo
633. Información en medios magnéticos
TÍTULO
III SANCIONES
INTERESES
MORATORIOS
Artículo
634. Intereses moratorios
Artículo
634-1. Suspensión de los intereses moratorios
Artículo
635. Determinación de la tasa de interés moratorio
Artículo
636. Sanción por mora en la consignación de los valores recaudados por las entidades
autorizadas
NORMAS
GENERALES SOBRE SANCIONES
Artículo
637. Actos en los cuales se pueden imponer sanciones
Artículo
638. Prescripción de la facultad para imponer sanciones
Artículo
639. Sanción mínima
Artículo
640. Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y
favorabilidad en el régimen sancionatorio
Artículo
640-1. Otras sanciones
Artículo
640-2. Independencia de procesos
SANCIONES
RELACIONADAS CON LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS
Artículo
641. Extemporaneidad en la presentación
Artículo
642. Extemporaneidad en la presentación de las declaraciones con posterioridad
al emplazamiento
Artículo
643. Sanción por no declarar
Artículo
644. Sanción por corrección de las declaraciones
Artículo
645. Sanción relativa a la declaración de ingresos y patrimonio
Artículo
646. Sanción por corrección aritmética
Artículo
647. Inexactitud en las declaraciones tributarias
Artículo
647-1. Rechazo o disminución de pérdidas
Artículo
648. Sanción por inexactitud
Artículo
649. Transitorio – sanción por activos omitidos o pasivos inexistentes
Artículo
650. Sanción por uso fraudulento de cédulas
Artículo
650-1. Sanción por no informar la dirección
Artículo
650-2. Sanción por no informar la actividad económica
SANCIONES
RELATIVAS A INFORMACIONES Y EXPEDICIÓN DE FACTURAS
Artículo
651. Sanción por no enviar información o enviarla con errores
Artículo
652. Sanción por expedir facturas sin requisitos
Artículo
652-1. Sanción por no facturar
Artículo
653. Constancia de la no expedición de facturas o expedición sin el lleno de
los requisitos
SANCIONES
RELACIONADAS CON LA CONTABILIDAD
Y
DE CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO
Artículo
654. Hechos irregulares en la contabilidad
Artículo
655. Sanción por irregularidades en la contabilidad
Artículo
656. Reducción de las sanciones por libros de contabilidad
Artículo
657. Sanción de clausura del establecimiento
Artículo
657-1. Retención de mercancías a quienes compren sin factura
Artículo
658. Sanción por incumplir la clausura
Artículo
658-1. Sanción a administradores y representantes legales
Artículo
658-2. Sanción por evasión pasiva
Artículo
658-3. Sanciones relativas al incumplimiento en la obligación de inscribirse en
el RUT y obtención del NIT
SANCIONES
RELATIVAS A LAS CERTIFICACIONES DE
CONTADORES
PÚBLICOS
Artículo
659. Sanción por violar las normas que rigen la profesión
Artículo
659-1. Sanción a sociedades de contadores públicos
Artículo
660. Suspensión de la facultad de firmar declaraciones tributarias y certificar
pruebas con destino a la administración tributaria
Artículo
661. Requerimiento previo al contador o revisor fiscal
Artículo
661-1. Comunicación de sanciones
SANCIONES
ESPECÍFICAS PARA CADA TRIBUTO
Artículo
662. Sanción por utilización de interpuestas personas por parte de los inversionistas
institucionales
Artículo
663. Sanción por gastos no explicados
Artículo
664. Sanción por no acreditar el pago de los aportes parafiscales
Artículo
665. Responsabilidad penal por no consignar las retenciones en la fuente y el
IVA
Artículo
666. Responsabilidad penal por no certificar correctamente valores retenidos
Artículo
667. Sanción por no expedir certificados
Artículo
668. Sanción por extemporaneidad en la inscripción en el registro nacional de vendedores
e inscripción de oficio
Artículo
669. Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión
Artículo
670. Sanción por improcedencia de las devoluciones y/o compensaciones.
Artículo
671. Sanción de declaración de proveedor ficticio o insolvente
Artículo
671-1. Insolvencia
Artículo
671-2. Efectos de la insolvencia
Artículo
671-3. Procedimiento para decretar la insolvencia
SANCIONES
A NOTARIOS Y A OTROS FUNCIONARIOS
Artículo
672. Sanción por autorizar escrituras o traspasos sin el pago de la retención.
Artículo
673. Sanción a notarios que autoricen escrituras por un precio inferior
Artículo
673-1. Sanción a empleados y trabajadores del Estado por enriquecimiento no
justificado
SANCIONES
A ENTIDADES AUTORIZADAS PARA RECAUDAR IMPUESTOS
Artículo
674. Errores de verificación
Artículo
675. Inconsistencia en la información remitida
Artículo
676. Extemporaneidad en la entrega de la información de los documentos recibidos
de los contribuyentes
Artículo
676-1. Extemporaneidad e inexactitud en los informes, formatos o declaraciones
que deben presentar las entidades autorizadas para recaudar
Artículo
676-2. Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad
y favorabilidad en el régimen sancionatorio de las entidades autorizadas para
recaudar
Artículo
676-3. Sanción mínima y máxima en el régimen sancionatorio de las entidades
autorizadas para recaudar
Artículo
677. Cancelación de la autorización para recaudar impuestos y recibir declaraciones
Artículo
678. Competencia para sancionar a las entidades recaudadoras
SANCIONES
ESPECIALES CONTEMPLADAS POR NORMAS TRIBUTARIAS, APLICABLES A FUNCIONARIOS DE LA
ADMINISTRACIÓN
Artículo
679. Incumplimiento de deberes
Artículo
680. Violación manifiesta de la ley
Artículo
681. Pretermisión de términos
Artículo
682. Incumplimiento de los términos para devolver
TÍTULO
IV DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO E IMPOSICIÓN DE SANCIONES
CAPÍTULO
I NORMAS GENERALES
Artículo
683. Espíritu de justicia
Artículo
684. Facultades de fiscalización e investigación
Artículo
684-1. Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones tributarias
Artículo
684-2. Implantación de sistemas técnicos de control
Artículo
684-3. Tarjeta fiscal
Artículo
684-4. Sanciones aplicables a los proveedores autorizados y tecnológicos.
Artículo
685. Emplazamiento para corregir
Artículo
686. Deber de atender requerimientos
Artículo
687. Las opiniones de terceros no obligan a la administración
Artículo
688. Competencia para la actuación fiscalizadora
Artículo
689. Facultad para establecer beneficio de auditoría
Artículo
689-1. Beneficio de auditoría
Artículo
689-2. Beneficio de la auditoría
Artículo
690. Facultad para desconocer efectos tributarios de los contratos sobre partes
de interés social
Artículo
690-1. Determinación de la renta o ganancia ocasional cuando se encubra la enajenación
de bienes con la venta de acciones
Artículo
691. Competencia para ampliar requerimientos especiales, proferir liquidaciones
oficiales y aplicar sanciones
Artículo
692. Procesos que no tienen en cuenta las correcciones a las declaraciones
Artículo
693. Reserva de los expedientes
Artículo
693-1. Información tributaria
Artículo
694. Independencia de las liquidaciones
Artículo
695. Períodos de fiscalización en el impuesto sobre las ventas y en retención en
la fuente
Artículo
696. Un requerimiento y una liquidación pueden referirse a renta y ventas.
Artículo
696-1. Gastos de investigaciones y cobro tributarios
CAPÍTULO
II LIQUIDACIONES OFICIALES
LIQUIDACIÓN
DE CORRECCIÓN ARITMÉTICA
Artículo
697. Error aritmético
Artículo
698. Facultad de corrección
Artículo
699. Término en que debe practicarse la corrección
Artículo
700. Contenido de la liquidación de corrección
Artículo
701. Corrección de sanciones
LIQUIDACIÓN
DE REVISIÓN
Artículo
702. Facultad de modificar la liquidación privada
Artículo
703. El requerimiento especial como requisito previo a la liquidación
Artículo
704. Contenido del requerimiento
Artículo
705. Término para notificar el requerimiento
Artículo
705-1. Término para notificar el requerimiento en ventas y retención en la
fuente
Artículo
706. Suspensión del término
Artículo
707. Respuesta al requerimiento especial
Artículo
708. Ampliación al requerimiento especial
Artículo
709. Corrección provocada por el requerimiento especial
Artículo
709-1. Pago de la sanción por omisión de activos como requisito para desvirtuar
diferencia patrimonial
Artículo
710. Término para notificar la liquidación de revisión
Artículo
711. Correspondencia entre la declaración, el requerimiento y la liquidación de
revisión
Artículo
712. Contenido de la liquidación de revisión
Artículo
713. Corrección provocada por la liquidación de revisión
Artículo
714. Término general de firmeza de las declaraciones tributarias
LIQUIDACIÓN
DE AFORO
Artículo
715. Emplazamiento previo por no declarar
Artículo
716. Consecuencia de la no presentación de la declaración con motivo
del
emplazamiento
Artículo
717. Liquidación de aforo
Artículo
718. Publicidad de los emplazados o sancionados
Artículo
719. Contenido de la liquidación de aforo
Artículo
719-1. Inscripción en proceso de determinación oficial
Artículo
719-2. Efectos de la inscripción en proceso de determinación oficial.
TÍTULO
V DISCUSIÓN DE LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN
Artículo
720. Recursos contra los actos de la administración tributaria
Artículo
721. Competencia funcional de discusión
Artículo
722. Requisitos del recurso de reconsideración y reposición
Artículo
723. Los hechos aceptados no son objeto de recurso
Artículo
724. Presentación del recurso
Artículo
725. Constancia de presentación del recurso
Artículo
726. Inadmisión del recurso
Artículo
727. Notificación del auto
Artículo
728. Recurso contra el auto inadmisorio
Artículo
729. Reserva del expediente
Artículo
730. Causales de nulidad
Artículo
731. Término para alegarlas
Artículo
732. Término para resolver los recursos
Artículo
733. Suspensión del término para resolver
Artículo
734. Silencio administrativo
Artículo
735. Recursos contra las resoluciones que imponen sanción de clausura y sanción
por incumplir la clausura
Artículo
736. Revocatoria directa
Artículo
737. Oportunidad
Artículo
738. Competencia
Artículo
738-1. Término para resolver las solicitudes de revocatoria directa.
Artículo
739. Recurso contra providencias que sancionan a contadores públicos o
revisores fiscales
Artículo
740. Independencia de los recursos
Artículo
741. Recursos equivocados
TÍTULO
VI RÉGIMEN PROBATORIO
CAPÍTULO
I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo
742. Las decisiones de la administración deben fundarse en los hechos probados
Artículo
743. Idoneidad de los medios de prueba
Artículo
744. Oportunidad para allegar pruebas al expediente
Artículo
745. Las dudas provenientes de vacíos probatorios se resuelven a favor del
contribuyente
Artículo
746. Presunción de veracidad
Artículo
746-1. Práctica de pruebas en virtud de convenios de intercambio de información
Artículo
746-2. Presencia de terceros en la práctica de pruebas
CAPÍTULO
II MEDIOS DE PRUEBA
Artículo
747. Hechos que se consideran confesados
Artículo
748. Confesión ficta o presunta
Artículo
749. Indivisibilidad de la confesión
TESTIMONIO
Artículo
750. Las informaciones suministradas por terceros son prueba testimonial.
Artículo
751. Los testimonios invocados por el interesado deben haberse rendido
antes
del requerimiento o liquidación
Artículo
752. Inadmisibilidad del testimonio
Artículo
753. Declaraciones rendidas fuera de la actuación tributaria
INDICIOS
Y PRESUNCIONES
Artículo
754. Datos estadísticos que constituyen indicio
Artículo
754-1. Indicios con base en estadísticas de sectores económicos
Artículo
755. La omisión del NIT o del nombre en la correspondencia, facturas
y
recibos permiten presumir ingresos
Artículo
755-1. Presunción en juegos de azar
Artículo
755-2. Presunción de renta gravable por ingresos en divisas
Artículo
755-3. Renta presuntiva por consignaciones en cuentas bancarias y de ahorro
FACULTAD
PARA PRESUMIR INGRESOS
Artículo
756. Las presunciones sirven para determinar las obligaciones tributarias.
Artículo
757. Presunción por diferencia en inventarios
Artículo
758. Presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados
Artículo
760. Presunción de ingresos por omisión del registro de compras
Artículo
761. Las presunciones admiten prueba en contrario
Artículo
762. Presunción del valor de la transacción en el impuesto a las ventas.
Artículo
763. Presunción de ingresos gravados con impuesto a las ventas, por
no
diferenciar las ventas y servicios gravados de los que no lo son
Artículo
763-1. Régimen Unificado de Imposición (RUI) para pequeños contribuyentes del
impuesto sobre la renta y responsable del impuesto sobre las ventas
DETERMINACIÓN
PROVISIONAL DEL IMPUESTO
Artículo
764. Liquidación provisional
Artículo
764-1. Procedimiento para proferir, aceptar, rechazar o modificar la liquidación
provisional
Artículo
764-2. Rechazo de la liquidación provisional o de la solicitud de modificación de
la misma.
Artículo
764-3. Sanciones en la liquidación provisional
Artículo
764-4. Firmeza de las declaraciones tributarias producto de la aceptación de la
liquidación provisional
Artículo
764-5. Notificación de la liquidación provisional y demás actos
Artículo
764-6. Determinación y discusión de las actuaciones que se deriven de una
liquidación provisional
PRUEBA
DOCUMENTAL
Artículo
765. Facultad de invocar documentos expedidos por las oficinas de impuestos.
Artículo
766. Procedimiento cuando se invoquen documentos que reposen en la
administración
Artículo
767. Fecha cierta de los documentos privados
Artículo
768. Reconocimiento de firma de documentos privados
Artículo
769. Certificados con valor de copia auténtica
Artículo
770. Prueba de pasivos
Artículo
771. Prueba supletoria de los pasivos
Artículo
771-1. Valor probatorio de la impresión de imágenes ópticas no modificables.
Artículo
771-2. Procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables.
Artículo
771-3. Control integral
Artículo
771-4. Control en la expedición del registro o licencia de importación.
Artículo
771-5. Medios de pago para efectos de la aceptación de costos, deducciones,
pasivos
e impuestos descontables
Artículo
771-6. Facultad para desconocer costos y gastos
PRUEBA
CONTABLE
Artículo
772. La contabilidad como medio de prueba
Artículo
772-1. Conciliación fiscal
Artículo
773. F orma y requisitos para llevar la contabilidad
Artículo
774. Requisitos para que la contabilidad constituya prueba
Artículo
775. Prevalencia de los libros de contabilidad frente a la declaración.
Artículo
776. Prevalencia de los comprobantes sobre los asientos de contabilidad
Artículo
777. La certificación de contador público y revisor fiscal es prueba contable.
INSPECCIONES
TRIBUTARIAS
Artículo
778. Derecho de solicitar la inspección
Artículo
779. Inspección tributaria
Artículo
779-1. Facultades de registro
Artículo
780. Lugar de presentación de los libros de contabilidad
Artículo
781. La no presentación de los libros de contabilidad será indicio en contra
del
contribuyente
Artículo
782. Inspección contable
Artículo
783. Casos en los cuales debe darse traslado del acta
PRUEBA
PERICIAL
Artículo
784. Designación de peritos
Artículo
785. Valoración del dictamen
CAPÍTULO
III CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES QUE DEBEN
SER
PROBADAS POR EL CONTRIBUYENTE
Artículo
786. Las de los ingresos no constitutivos de renta
Artículo
787. Las de los pagos y pasivos negados por los beneficiarios
Artículo
788. Las que los hacen acreedores a una exención
Artículo
789. Los hechos que justifican aumento patrimonial
Artículo
790. De los activos poseídos a nombre de terceros
Artículo
791. De las transacciones efectuadas con personas fallecidas
TÍTULO
VII EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
CAPÍTULO
I RESPONSABILIDAD POR EL PAGO DEL IMPUESTO
Artículo
792. Sujetos pasivos
Artículo
793. Responsabilidad solidaria
Artículo
794. Responsabilidad solidaria de los socios por los impuestos de la sociedad
Artículo
794-1. Desestimación de la personalidad jurídica
Artículo
795. Solidaridad de las entidades no contribuyentes que sirvan de elemento de
evasión
Artículo
795-1. Procedimiento para declaración de deudor solidario
Artículo
796. Solidaridad de las entidades públicas por el impuesto sobre las ventas.
Artículo
797. Solidaridad fiscal entre los beneficiarios de un título valor
Artículo
798. Responsabilidad subsidiaria por incumplimiento de deberes formales
Artículo
799. Responsabilidad de los bancos por pago irregular de cheques fiscales.
Artículo
799-1. Información a las centrales de riesgo
CAPÍTULO
II FORMAS DE EXTINGUIR LA OBLIGACIÓN
TRIBUTARIA
SOLUCIÓN O PAGO
Artículo
800. Lugar de pago
Artículo
800-1. Obras por impuestos.
Artículo
801. Autorización para recaudar impuestos
Artículo
802. Aproximación de los valores en los recibos de pago
Artículo
803. Fecha en que se entiende pagado el impuesto
Artículo
804. Prelación en la imputación del pago
PAGO
DE IMPUESTOS CON BONOS Y TÍTULOS
Artículo
805. Con bonos de financiamiento presupuestal, bonos de financiamiento especial
y bonos para la paz
Artículo
806. Pago con títulos y certificados
ANTICIPO
DEL IMPUESTO
Artículo
807. Cálculo y aplicación del anticipo
Artículo
808. Facultad para reducir el anticipo en forma general
Artículo
809. Autorización de la reducción en casos individuales
Artículo
810. Término para decidir sobre la solicitud de reducción
PLAZOS
PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS, ANTICIPOS Y RETENCIONES
Artículo
811. Facultad para fijarlos
Artículo
812. Mora en el pago de los impuestos nacionales
Artículo
813. Exoneración de intereses moratorios
ACUERDOS
DE PAGO
Artículo
814. Facilidades para el pago
Artículo
814-1. Competencia para celebrar contratos de garantía
Artículo
814-2. Cobro de garantías
Artículo
814-3. Incumplimiento de las facilidades
COMPENSACIÓN
DE LAS DEUDAS FISCALES
Artículo
815. Compensación con saldos a favor
Artículo
815-1.
Artículo
815-2. Compensación de oficio
Artículo
816. Término para solicitar la compensación
PRESCRIPCIÓN
DE LA ACCIÓN DE COBRO
Artículo
817. Término de prescripción de la acción de cobro
Artículo
818. Interrupción y suspensión del término de prescripción
Artículo
819. El pago de la obligación prescrita, no se puede compensar, ni devolver.
REMISIÓN
DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS
Artículo
820. Remisión de las deudas tributarias
CONTROL
AL RECAUDO DE IMPUESTOS
Artículo
821. Salida de extranjeros. Inexequible
Artículo
822. Control de los recaudos por la Contraloría General de la República.
Artículo
822-1. Dación en pago
TÍTULO
VIII COBRO COACTIVO
Artículo
823. Procedimiento administrativo coactivo
Artículo
824. Competencia funcional
Artículo
825. Competencia territorial
Artículo
825-1. Competencia para investigaciones tributarias
Artículo
826. Mandamiento de pago
Artículo
827. Comunicación sobre aceptación de concordato
Artículo
828. Títulos ejecutivos
Artículo
828-1. Vinculación de deudores solidarios
Artículo
829. Ejecutoria de los actos
Artículo
829-1. Efectos de la revocatoria directa
Artículo
830. Término para pagar o presentar excepciones
Artículo
831. Excepciones
Artículo
832. Trámite de excepciones
Artículo
833. Excepciones probadas
Artículo
833-1. Recursos en el procedimiento administrativo de cobro
Artículo
834. Recurso contra la resolución que decide las excepciones
Artículo
835. Intervención del contencioso administrativo
Artículo
836. Orden de ejecución
Artículo
836-1. Gastos en el procedimiento administrativo coactivo
Artículo
837. Medidas preventivas
Artículo
837-1. Límite de inembargabilidad
Artículo
838. Límite de los embargos
Artículo
839. Registro del embargo
Artículo
839-1. Trámite para algunos embargos
Artículo
839-2. Embargo, secuestro y remate de bienes
Artículo
839-3. Oposición al secuestro
Artículo
839-4. Relación costo-beneficio en el proceso administrativo de cobro coactivo
Artículo
840. Remate de bienes
Artículo
841. Suspensión por acuerdo de pago
Artículo
842. Prescripción de la acción de cobro
Artículo
843. Cobro ante la jurisdicción ordinaria
Artículo
843-1. Auxiliares
Artículo
843-2. Aplicación de depósitos
TÍTULO
IX INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
Artículo
844. En los procesos de sucesión
Artículo
845. Concordatos
Artículo
846. En otros procesos
Artículo
847. En liquidación de sociedades
Artículo
848. Personería del funcionario de cobranzas
Artículo
849. Independencia de procesos
Artículo
849-1. Irregularidades en el procedimiento
Artículo
849-2. Provisión para el pago de impuestos
Artículo
849-3. Clasificación de la cartera morosa
Artículo
849-4. Reserva del expediente en la etapa de cobro
TÍTULO
X DEVOLUCIONES
Artículo
850. Devolución de saldos a favor
Artículo
850-1. Devolución del IVA por adquisiciones con tarjetas de crédito, débito o
banca móvil
Artículo
851. Facultad para fijar trámites de devolución de impuestos
Artículo
852. Facultad para devolver a entidades exentas o no contribuyentes
Artículo
853. Competencia funcional de las devoluciones
Artículo
854. Término para solicitar la devolución de saldos a favor
Artículo
855. Término para efectuar la devolución
Artículo
856. Verificación de las devoluciones
Artículo
857. Rechazo e inadmisión de las solicitudes de devolución o compensación.
Artículo
857-1. Investigación previa a la devolución o compensación
Artículo
858. Auto inadmisorio
Artículo
859. Devolución de retenciones no consignadas
Artículo
860. Devolución con presentación de garantía
Artículo
861. Compensación previa a la devolución
Artículo
862. Mecanismos para efectuar la devolución
Artículo
863. Intereses a favor del contribuyente
Artículo
864. Tasa de interés para devoluciones
Artículo
865. El Gobierno efectuará las apropiaciones presupuestales para las
devoluciones
TÍTULO
XI OTRAS DISPOSICIONES PROCEDIMENTALES
Artículo
866. Corrección de los actos administrativos y liquidaciones privadas.
Artículo
867. Pago o caución para demandar
Artículo
867-1. Actualización del valor de las sanciones tributarias pendientes de pago
Artículo
868. Unidad de Valor Tributario, UVT
Artículo
868-1. Valores absolutos reexpresados en Unidades de Valor Tributario, UVT.
Artículo
868-2. Moneda para efectos fiscales
Artículo
869. Abuso en materia tributaria
Artículo
869-1. Procedimiento especial por abuso en materia tributaria
Artículo
869-2. Facultad adicional de la administración tributaria en caso de abuso.
Artículo
869-3. Procedimiento de mutuo acuerdo.
LIBRO
SEXTO
GRAVAMEN
A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS
Artículo
870. Gravamen a los Movimientos Financieros, GMF
Artículo
871. Hecho generador del GMF
Artículo
872.
Artículo
873. Causación del GMF
Artículo
874. Base gravable del GMF
Artículo
875. Sujetos pasivos del GMF
Artículo
876. Agentes de retención del GMF
Artículo
877. Declaración y pago del GMF
Artículo
878. Administración del GMF
Artículo
879. Exenciones del GMF
Artículo
880. Agentes de retención del GMF en operaciones de cuenta de depósito.
Artículo
881. Devolución del GMF
LIBRO SÉPTIMO
RÉGIMEN DE ENTIDADES CONTROLADAS
DEL EXTERIOR
TÍTULO
I
RÉGIMEN
DE ENTIDADES CONTROLADAS DEL EXTERIOR
Artículo
882. Entidades Controladas del Exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE
Artículo
883. Sujetos del régimen de Entidades Controladas del Exterior sin residencia fiscal
en Colombia (ECE
Artículo
884. Ingresos pasivos
Artículo
885. Presunciones de pleno derecho.
Artículo
886. Realización de los ingresos
Artículo
887. Realización de los costos
Artículo
888. Realización de las deducciones
Artículo
889. Determinación de las rentas pasivas
Artículo
890. Renta líquida gravable
Artículo
891. Pérdidas asociadas a las rentas pasivas
Artículo
892. Descuento por impuestos pagados en el exterior por la ECE
Artículo
893. Tratamiento de la distribución de beneficios por parte de la ECE cuyo
origen corresponde a rentas sometidas al régimen ECE
TÍTULO
II RÉGIMEN DE COMPAÑÍAS HOLDING COLOMBIANAS (CHC) EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Y GANANCIAS OCASIONALES
Artículo
894. Compañías holding colombianas (CHC).
Artículo
895. Dividendos y participaciones distribuidos por entidades no
residentes
en Colombia.
Artículo
896. Ganancias ocasionales exentas.
Artículo
897. Obligaciones de información y documentación.
Artículo
898. Coordinación con otros regímenes.
Artículo
899. Subdirección de Administración.
Artículo
900. División de Recursos Humanos
Artículo
901. División de Inspección
Artículo
902. División Financiera
LIBRO OCTAVO
IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN
SIMPLE DE TRIBUTACION – SIMPLE PARA LA FORMALIZACION Y LA GENERACION DE EMPLEO
Artículo
903. Creación del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –
SIMPLE.
Artículo
904. Hecho generador y base gravable del impuesto unificado bajo el
régimen
simple de tributación – SIMPLE.
Artículo
905. Sujetos pasivos.
Artículo
906. Sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen
simple de tributación – SIMPLE.
Artículo
907. Impuestos que comprenden e integran el impuesto unificado
bajo
el régimen simple de tributación – SIMPLE.
Artículo
908. Tarifa.
Artículo
909. Inscripción al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –
SIMPLE.
Artículo
910. Declaración y pago del impuesto unificado bajo el régimen simple de
tributación – SIMPLE.
Artículo
911. Retenciones y autorretenciones en la fuente en el impuesto unificado bajo
el régimen simple de tributación – SIMPLE
Artículo
912. Crédito o descuento del impuesto por ingresos de tarjetas de crédito,
débito y otros mecanismos de pagos electrónicos.
Artículo
913. Exclusión del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –
simple por razones de control.
Artículo
914. Exclusión del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –
simple por incumplimiento.
Artículo
915. Régimen de IVA y de impuesto al consumo.
Artículo
916. Régimen de procedimiento, sancionatorio y de firmeza de las declaraciones
del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE.
Artículo
917. División Administrativa
Artículo
918. Subadministración de Grandes Contribuyentes
Artículo
919. División de Grandes Contribuyentes
Artículo
920. Funciones generales
Artículo
921. Funciones que asume el administrador
Artículo
922. Comité de Coordinación
Artículo
923. Recaudaciones de impuestos nacionales
Artículo
924. Planta global
Artículo
925. Distribución de la planta global y ubicación de los funcionarios
Artículo
926. Redistribución de la planta y reubicación de funcionarios
Artículo
927. Reconocimiento por el traslado
Artículo
928. Traslado sin lleno de requisitos para el cargo
Artículo
929. Fondo de Divulgación Tributaria
Artículo
930. Destinación del Fondo de Divulgación Tributaria
Artículo
931. Distribución general de los recursos del fondo
Artículo
932. Fijación de tarifas
Artículo 933. Conceptos de la Dirección General de Impuestos Nacionales
Año: 2022
ISBN: 9789585032286
Páginas: 480
Dimensiones: 17 × 24 cm
Peso: 0.5 kg
Formato: Impreso
Idioma: Español
Área: Ciencias Empresariales
Categorías: [K] Economía, finanzas, empresa y gestión, [KFC] Contabilidad, [L] Derecho, [LNUY] Procedimiento tributario: Gestión, recaudación, inspección y revisión. Infracciones y sanciones tributarias, Ofertas, Impreso



